Obtiene PGJE sentencia de 27 años con 6 meses en prisión para homicida, por hechos registrados en Salvatierra el 15 de julio de 2016.

Salvatierra, Gto. 26 de julio de 2017.- Derivado de medios probatorios que sustentaron una imputación fuerte, la Procuraduría General de Justicia del Estado reconstruyo los hechos tal y como ocurrieron, para que un tribunal de Juicio Oral dictara sentencia de 27 años y seis meses en prisión a indiciado por homicidio calificado.<br>

En audiencia celebrada en la Sala Uno de Oralidad Penal de esta ciudad, se llevó a cabo la Causa Penal 1P2816-108, radicada en la Carpeta de Investigación 13563/2016, por el delito de homicidio calificado.<br>

El imputado, JOSÉ TRINIDAD “N”, es la persona sentenciada por el delito de homicidio calificado. Se estableció que entre las 16:00 y las 17:00 horas del viernes 15 de julio del año 2016, en un establecimiento conocido como La Alcantarilla, en la comunidad de San Nicolás de los Agustinos, el hoy occiso, José Luis Morales Rodríguez, alias “El Gordo”, se encontraba bebiendo cerveza en compañía de dos personas.<br>

En ese lapso, llega al lugar una camioneta de color guinda con dos sujetos a bordo, conducida por JOSÉ TRINIDAD, a quien apodan “El Trini ó La Chuza”, y un sujeto aún no identificado quien viajaba de copiloto.<br>

Ambos descienden de la unidad y se acercan a donde estaba José Luis con sus amigos y a una distancia corta el indiciado dispara en cuatro ocasiones sobre la corporeidad del ofendido, quien cae sin vida en el lugar.<br>

La investigación realizada por la PGJE determinó que fue una camioneta Toyota color guida en la cual arribaron los agresores y un arma de fuego calibre 9 mm la utilizada para privar de la vida al salvaterrense, quien perdió la vida a causa de las heridas que le produjeron en cráneo y tórax.<br>

El Agente Especializado en Investigación de Homicidios acreditó el ilícito con agravantes por lo que el inculpado se hizo acreedor a una sentencia de 27 años 6 meses en prisión que habrá de compurgar en el CERESO local, además de la negativa de los beneficios de la condena condicional y la conmutación de la pena privativa de libertad.<br>

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