PAOT

PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO

Emite la Procuraduría Ambiental Recomendación a los 46 Municipios para Verificar Bancos de Materiales Pétreos.

 agosto 2017

Boletín Informativo

La explotación de materiales pétreos mal dirigida trae consigo la degeneración de la vegetación, el suelo y el agua, la pérdida de su productividad biológica debida a su degradación puede llegar a ser irreversible y reducir en forma permanente su capacidad de supervivencia.

Por lo anterior y con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Código Territorial para el Estado y los Municipios y la Ley de Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial emitió una recomendación a los 46 Ayuntamientos, consistente que en los casos de cobro del impuesto sobre explotación de bancos de materiales pétreos (previsto por el artículo 220 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato), el municipio se cerciore si la persona física o moral contribuyente cuenta con la Autorización en Materia de Impacto Ambiental correspondiente y en caso de no contar con ella, lo denuncie ante esta Procuraduría.

A través del Oficio Circular PAOT-DPR-015/2017, la Procuraduría Ambiental busca impulsar el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia ambiental por parte de los Bancos de Materiales Pétreos, y así mismo fomentar la conservación y restauración de espacios naturales del estado. Las acciones conjuntas entre el estado y los municipios tienen el objetivo de establecer líneas de trabajo de acuerdo a los requerimientos y necesidades de cada región.

Hasta le momento, quedan pendientes de notificar los municipios de Doctor Mora, Pueblo Nuevo y San Luis de la Paz.

Fundamento Jurídico-Administrativo

Artículo 9 fracción III de la Ley de Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato que establece como atribución de la Procuraduría Ambiental, emitir resoluciones y recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental para controlar la debida aplicación de la normatividad ambiental y dar seguimiento a las mismas.

Artículo 30 fracción X del Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, que determina a la Procuraduría Ambiental como la instancia encargada de emitir recomendaciones en materia de Ordenamiento Territorial y Administración Sustentable del Territorio.

Procuraduría Ambiental CLAUSURA DOS BANCOS DE MATERIAL PÉTREO

Procuraduría Ambiental

CLAUSURA DOS BANCOS DE MATERIAL PÉTREO

 

León, Gto a 7 de Agosto de 2017

 

  • Fue clausurado un banco de material pétreo en la comunidad La Estancia del municipio de Silao, al no presentar la Autorización en Materia de Impacto Ambiental.

 

  • La segunda clausura de un banco de material pétreo se realizó en la comunidad El Sauz del municipio de San Miguel de Allende al no presentar el Estudio de Afectación Ambiental.

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial llevó a cabo las clausuras en dos bancos de material pétreo. Derivado de las atribuciones de inspección y vigilancia de la Procuraduría Ambiental, se inició el trámite de los correspondientes expedientes, desahogándose las consecuentes visitas en las que fueron detectadas las irregularidades.

Los operativos fueron realizados por inspectores ambientales y abogados de la Procuraduría Ambiental quienes se concentraron en el lugar con la finalidad de ejecutar las clausuras.

La primera clausura corresponde a un banco de material pétreo en el Municipio de Silao ubicado en un lugar conocido como La Estancia. Fue requerida la correspondiente Autorización en Materia de Impacto Ambiental y al no contar con ella se procedió a materializar la clausura, imponiendo los sellos de clausura con folios 1365 y 1366.

En tanto la segunda clausura de un banco de material pétreo en el Municipio de San Miguel de Allende ubicado en el predio conocido como El Sauz; se suscitó al no presentar el Estudio de Afectación Ambiental, motivo por el cual se colocaron los sellos con los folios 1367, 1368, 1369, 1370, 1355, 1360 y 1364.

 

Fundamento Jurídico-Administrativo.

Las clausuras a los Bancos de Material Pétreo se fundamenta con:

Artículo 171, en su fracción IV inciso a) de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato se establece el fundamento legal para sancionar con clausura cuando el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas. En el caso que nos ocupa el infractor no acreditó el cumplimiento de dicha medida presentación de Autorización de Impacto Ambiental o en su caso presentación del Estudio de Afectación Ambiental por los impactos ocasionados conforme al el artículo 73 del Reglamento de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato en materia de Evaluación de Impacto Ambiental) dentro de los plazos otorgados durante el proceso ni en las correspondientes resoluciones.

 

 

 

 

 

Procuraduría Ambiental Clausura 2 Fábricas de Calzado y un Taller de Pespunte.

                                                      14 de Julio de 2017

 

  • La PAOT realizó la clausura de 2 Fábricas de Calzado en el municipio de San Francisco del Rincón, además de un Taller de Pespunte localizado en León.

 

  • No contar con la Autorización de Manejo de Residuos de Manejo Especial y Licencia Ambiental de Funcionamiento fue la causante del operativo.

 

 

Derivado de sus atribuciones de inspección y vigilancia, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial realizó la clausura de 2 fábricas de calzado y 1 taller de pespunte, esto luego de iniciar el proceso jurídico-administrativo correspondiente y desahogándose las consecuentes visitas en las que fueron detectadas las irregularidades.

El operativo se realizó con el apoyo de inspectores y abogados de la Procuraduría Ambiental quienes se concentraron en el lugar con la finalidad de ejecutar las clausuras.

La primera fábrica de calzado se localiza en la Colonia Barrio de Santa María y la segunda en la Comunidad el Maguey, ambas del municipio de San Francisco del Rincón. En cuanto al taller de pespunte su ubicación corresponde a la colonia San Juan Bosco, del municipio de León.

Durante operativos los establecimientos se encontraban en función y se les fueron requeridas las correspondientes Autorización para el Manejo de Residuos de Manejo Especial y la Licencia Ambiental de Funcionamiento y al no contar con ellas se procedió a materializar la clausura, imponiendo los sellos con folios 1361, 1362, 1363 y 1344; 1349, 1323, 1346; 1347 y 1348.

 

Fundamento Jurídico-Administrativo.

 La clausura a las 2 fábricas de calzado y 1 taller de pespunte se fundamentaron con:

 Artículo 171, en su fracción IV inciso a) de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato se establece el fundamento legal para sancionar con clausura cuando el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas.

En el caso del operativo los infractores no acreditaron el cumplimiento de dichas medidas (presentación de Autorización para el manejo de residuos de manejo especial conforme al artículo 41 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato dentro de los plazos otorgados durante el proceso ni en las correspondientes resoluciones.

Para el caso en el que no se presentó la Licencia Ambiental de Funcionamiento, este fue fundamentado conforme al artículo 114 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato dentro de los plazos otorgados durante el procedimiento ni en la correspondiente resolución.

 

 

PAOT Clausura 5 hornos ladrilleros en el municipio de Guanajuato

 

Procuraduría Ambiental clausuras 5 hornos ladrilleros

 

León, Gto a 15 de Junio de 2017

                       Fueron clausurados 5 hornos ladrilleros en el municipio de Guanajuato, ubicados en la comunidad de la Yerbabuena.

La falta de Licencia Ambiental de Funcionamiento fue la causante de la clausura.

 

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial llevó a cabo la clausuras en 5 hornos ladrilleros. Derivado de las atribuciones de inspección y vigilancia de la Procuraduría Ambiental, se inició el trámite de los correspondientes expedientes, desahogándose las consecuentes visitas en las que fueron detectadas las irregularidades.

El operativo se realizó alrededor de las 12:00 horas del 14 de junio de 2017 con 5 inspectores y 2 abogados de la Procuraduría Ambiental quienes se concentraron en el lugar con la finalidad de ejecutar las clausuras.

Las clausuras corresponden a 5 hornos ladrilleros en el Municipio de Guanajuato ubicados en un lugar conocido como la Yerbabuena, donde se encontró gente preparando tabique en crudo en el área de los hornos. Fueron requeridas las correspondientes Licencia Ambiental de Funcionamiento y al no contar con ellas se procedió a materializar la clausura, imponiendo los sellos con folios 1312, 1313 y 1314; 1315,1316 y 1317; 1318; 1099 y 1309; 1304 y 1086; respectivamente.

El Procurador Ambiental. Juan Pablo Luna Mercado, hizo un llamado a los productores de tabique a cumplir con las leyes y normas en materia ambiental, con el objetivo de mejorar la calidad del aire en la entidad.

 

Fundamento Jurídico-Administrativo.

La clausura a los 5 hornos ladrilleros se fundamentaron con:

Artículo 171, en su fracción IV inciso a) de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato se establece el fundamento legal para sancionar con clausura cuando el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas. En el caso del operativo los infractores no acreditaron el cumplimiento de dicha medida consistente en Presentar ante la PAOT la Licencia Ambiental de Funcionamiento conforme al artículo 114 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato dentro de los plazos otorgados durante el procedimiento ni en la correspondiente resolución.

 

PAOT sesiona con los Municipios para impulsar una Administración Sustentable del Territorio

BOLETÍN INFORMATIVO

Sesionan Comisiones Estado-Municipios de los ayuntamientos de Coroneo,   Jerécuaro, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Tarandacuao, Acámbaro, Victoria y Doctor Mora

 

  • Las sesiones buscan incentivar a los ayuntamientos municipales para adecuar sus programas municipales de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial.

 

  • Son los Alcaldes los encargados de presidir y dirigir estas comisiones.

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial se ha dado a la labor de promover entre a los 46 Municipios del Estado la firma de un Convenio con la misión de dar cumplimiento a la normativa del ordenamiento y la administración sustentable del territorio, así como de la gestión ambiental.

Derivadas de lo anterior y con el objetivo de establecer la coordinación entre los Municipios y la Procuraduría Ambiental, se han llevado a cabo Sesiones de Comisión Estado-Municipio con los ayuntamientos de Coroneo, Jerécuaro, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Tarandacuao y Acámbaro, Victoria y Doctor Mora, para dar seguimiento a la acciones que realiza el gobierno municipal en el cumplimiento del Código Territorial.

En las reuniones se contó con la presencia de los Alcaldes, quienes estarán a cargo de dirigir y supervisar las acciones realizadas por las unidades municipales, incentivar el cumplimiento al Código Territorial, así como trazar el camino para la implementación de una Administración Sustentable en su Territorio.

Comisiones Estado-Muncipios

Estas comisiones buscan incrementar la participación social en la vigilancia, cumplimiento, ejecución y denuncias de las contravenciones del Programa Estatal de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecológico Territorial (PEDUOET), así como estimular a los ayuntamientos municipales para la formulación, actualización o adecuación de sus programas municipales de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial.

Las Comisiones son conformadas por: el Presidente Municipal, el Procurador Ambiental del Estado, el Subprocurador Ambiental del Estado y las Unidades Municipales de Desarrollo Urbano, Planeación, Ecología y Agua Potable.

Estas acciones tienen como objetivo planear el desarrollo urbano, la riqueza natural, industrial y cultural del estado. Se busca hacer más eficiente el uso del territorio y crear una red de ciudades humanas, comunidades dignas, regiones atractivas, ciudades seguras y compactas, todo ello en armonía con el medio ambiente.

Fundamento Legal

  1. Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, que establece los mecanismos y estrategias para el correcto crecimiento del territorio con pleno respeto por aspectos sociales y ecológicos.

 

  1. Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato en su artículo 48 que instituye que el Estado y los Ayuntamientos podrán convenir la coordinación para establecer estrategias el pro del desarrollo del municipio.

Presentación del Programa Buenas Prácticas Ambientales 2017 y Firma del Convenio de Coordinación PAOT y CECyTEG

 

Presentación del Programa Buenas Prácticas Ambientales 2017 y Firma del Convenio de Coordinación PAOT y CECyTEG

29/marzo/2017

  • Participan 126 micros, pequeñas empresas, cámaras y asociaciones, prestadores de servicio, instituciones públicas y privadas e industria turística.
  • Destaca la participación de la Universidad de Guanajuato, Caja Popular Mexicana y CECyTEG.

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial, tiene la misión de impulsar la participación y responsabilidad de la sociedad en acciones que aportan al desempeño ambiental y la disminución de los impactos a los efectos del cambio climático, por lo cual fue estableció el modelo Buenas Prácticas Ambientales, que distingue los esfuerzos de pequeñas empresas, asociaciones, prestadores de servicio, instituciones públicas y privadas e industria turística.

Por tercer año consecutivo se lanzó la convocatoria para participar en el programa, con una respuesta que superó las expectativas, de 126 participantes comprometidos con mejorar las condiciones ambientales de su entorno y mejorar las condiciones ambientales con el objetivo de disminuir los impactos a los efectos del cambio climático.

Participantes Buenas Prácticas Ambientales 2017

Durante la Presentación del Programa el Arq. Juan Pablo Luna Mercado. Procurador Ambiental y de Ordenamiento Territorial, destacó algunos los resultados de la edición 2016; con la participación de 40 empresas, se obtuvo un ahorro de 339,128.038 Kwh, así como 3, 659.43 m3 de agua potable. También aplaudió la respuesta de los participantes en este año y aseguró que la Procuraduría Ambiental se compromete a trabajar de la mano con cada uno, de tal manera que los alcances del programa sean mayores.

En el marco de la Presentación se llevó a cabo la firma del Convenio de Colaboración y Coordinación para la Gestión del Programa Buenas Prácticas Ambientales en 56 planteles y una Oficina de Control del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Guanajuato (CECyTEG). Este acuerdo fue firmado por la Dra. Virginia Aguilera Santoyo. Directora General del CECyTEG y por el Arq. Juan Pablo Luna Mercado. Procurador Ambiental y de Ordenamiento Territorial.

Con la Firma de este Convenio impulsamos la implementación de acciones en pro del medio ambiente, así como la generación de una cultura con sentido ambiental entre los estudiantes de estos planteles.

 

Visión de la Procuraduría Ambiental

La Procuraduría Ambiental tiene el compromiso de seguir vinculando a la Sociedad, Sector Económico y Gobierno en acciones para proteger y conservar los ecosistemas, sin descuidar la atracción de inversiones que impacten en la generación de empleos y mejorar en la calidad de vida de los Guanajuatenses.

Continuamos impulsando el respeto al derecho de todas las personas a un ambiente sano para su bienestar y desarrollo.

Actualmente se encuentran adheridas a los programas de Certificación Ambiental, Autorregulación y Buenas Prácticas Ambientales, 479 empresas ubicadas en 25 municipios del estado.

 

PAOT Suspende Actividades de empresa fabricante de huesos de carnaza en Purísima del Rincón.

Boletín Informativo

La Procuraduría Ambiental Impone Medida de Urgente Aplicación y Suspensión de Actividades a Planta de Fabricación de Hueso de Carnaza.

León, Gto. 03 de febrero de 2017

 

  • La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial impuso una Medida de Urgente Aplicación y la Suspensión de Actividades a una planta de fabricación de hueso de carnaza, ubicada en el municipio de Purísima del Rincón.

 

Antecedentes

Derivada de una denuncia ciudadana y a través de sus atribuciones de inspección y vigilancia, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial inició el trámite de diversos expedientes a una planta de fabricación de hueso de carnaza.

Al ejecutar las consecuentes visitas de inspección fueron detectadas varias irregularidades, entre las que destacan la necesidad de mejorar el Manejo de Residuos, además de no contar con la Autorización en Materia de Impacto Ambiental, lo que llevó a la determinación de instaurar una Medida de Urgente Aplicación, así como la Suspensión de Actividades.

La empresa con giro en fabricación de huesos de carnaza se localiza en el municipio de Purísima del Rincón, con dirección en la carretera León-San Francisco del Rincón kilómetro 7, comunidad Loma de Buena Vista.

 

Operativo de Imposición de Medida de Urgente Aplicación y Suspensión de Actividades.

El operativo se realizó alrededor de las 13:00 horas del 03 de febrero de 2017, con Inspectores de la Procuraduría Ambiental quienes se concentraron en el lugar con la finalidad de notificar los acuerdos de inicio de procedimiento y la medida de urgente aplicación correspondientes, así como ejecutar las medidas determinadas.

Durante el acto de suspensión de actividades se observó personal de la empresa en el área, así como los insumos de carnaza para la fabricación de huesos.

Los Inspectores asignados por la Procuraduría Ambiental para llevar a cabo el operativo, solicitaron al personal a cargo de la empresa las correspondientes Licencias Ambientales de Funcionamiento, Permiso para el Manejo de Residuos de Manejo Especial y Autorización de Impacto Ambiental.

Al no contar con éstas se procedió a notificar los acuerdos de inicio de procedimiento y la imposición de una Medida de Urgente Aplicación consistente en la presentación ante la Procuraduría Ambiental de: un Programa calendarizado de acciones, tendientes a llevar a cabo la implementación de dispositivos que retengan los sólidos en suspensión y la grasa, los cuales pueden ser: a). – Trampas de grasa; – b). – Desarenador c). – Malla de Sólidos.

También se notificó el acuerdo de inicio de procedimiento y al no contar con la Autorización en Materia de Impacto Ambiental se procedió a materializar la suspensión de actividades, sin que dicha suspensión interfiera en acciones que se encuentren pendientes por cumplir, por imposición de cualquier medida de seguridad, correctiva o de urgente aplicación, impuestas por la Procuraduría Ambiental u otras autoridades.

 

Fundamento Jurídico-Administrativo.

La medida de urgente aplicación respecto al manejo de residuos de manejo especial se fundamenta con:

   Artículos 166 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato; 37 fracción I, 40 y 41 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 31 fracción II del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

La suspensión de actividades encuentra fundamento en:

   Los Artículos 27 y 166 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato; artículos 6 fracción IV, 73, 74 y 77 del Reglamento de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Entrega de Reconocimiento de Autorregulación Ambiental a 9 empresas Curtidoras.

Entrega de Reconocimientos Ambientales a 9 Empresas Afiliadas a CICUR

Boletín Informativo

León, Guanajuato a 26 de enero de 2017.

Autorregulación Ambiental

Es un modelo que impulsa la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial, que promueve el cumplimiento voluntario de la normativa ambiental de los sectores productivos de manera individual y colectiva, a través de cámaras y asociaciones empresariales para mejorar su desempeño ambiental y disminuir los impactos a los ecosistemas.

La Autorregulación Ambiental va dirigido a industrias, empresas, sector turístico, prestadores de servicios, que de manera colectiva cumplan con la normatividad ambiental aplicable en el estado.

Este modelo consta de tres etapas de cumplimiento; la primera se refiere a Licencias, Permisos y Autorizaciones; la segunda al Manejo Integral de Residuos de Manejo Especial y la tercera a las Emisiones a la atmósfera.

Al cumplir lo establecido en cada una de las etapas la empresa participante se hace acreedora a un Reconocimiento Ambiental.

Antecedentes

En Diciembre del 2013 se realizó la firma del Convenio de Autorregulación Ambiental entre la Procuraduría Ambiental y Cámara de la Industria de la Curtiduría (CICUR), el cual tiene vigencia hasta el 2018.

Derivado del Convenio de Autorregulación Ambiental, en el año 2015 nace el Convenio Estado, Federación y Cámara de la Industria de la Curtiduría, que tiene como objetivo la implementación de un programa para la vigilancia y regulación del manejo y disposición de los residuos peligroso, residuos de manejo especial y residuos sólidos urbanos generados por la Industria Curtidora instalada en el Estado de Guanajuato.

Y a fin de avanzar en el proceso de Autorregulación Ambiental de la Industria Curtidora de León, el pasado 6 de septiembre del 2016, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial realizó la firma de los convenios de Autorregulación Ambiental con la Asociación de Industriales de la Curtiduría (ADICUR) y la Asociación de Curtidores de León (ACUR) con el objetivo de iniciar el proceso de cumplimiento ambiental de las empresas afiliadas a ambas cámaras.

 

Entrega de Reconocimientos

El día de hoy 9 tenerías recibieron un Reconocimiento Ambiental al cumplir con lo establecido en el programa de Autorregulación Ambiental, de acuerdo a la Segunda Etapa correspondiente al Manejo Integral de residuos de manejo especial con el objetivo de realizar procesos productivos apegados a la normativa ambiental vigente en el Estado.

La entrega del reconocimiento fue realizada por el Arq. Juan Pablo Luna Mercado Procurador Ambiental y de Ordenamiento Territorial, en compañía del Lic. Guillermo Romero Pacheco. Secretario de Desarrollo Económico Sustentable del Estado, del Ing. Pedro Camarena Plascencia. Presidente de la Cámara de la Industria de la Curtiduría del Estado de Guanajuato y autoridades del Municipio de León, así como Empresarios del sector Curtidor.

Durante la entrega, el Procurador Ambiental reconoció el esfuerzo realizado por la CICUR al fomentar el cumplimiento de las normas ambientales entre sus agremiados, además de destacar los avances de los Convenios firmados con las cámaras y asociaciones curtidoras para la Autorregulación del sector.

La Procuraduría Ambiental tiene la misión de dotar a Guanajuato con las herramientas necesarias para generar una cultura de respeto ambiental y fomento al desarrollo economía sustentable.

Hasta el momento la Procuraduría Ambiental ha entregado 41 Reconocimientos de Autorregulación Ambiental a 24 tenerías y 4 empresas se encuentran en proceso del programa de Certificación Ambiental “Empresa Limpia”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Entrega de Distintivos Buenas Prácticas Ambientales 2016.

 

29 de noviembre de 2016

Boletín Informativo

Entrega Distintivo Buenas Prácticas Ambientales 2016.

  • La Procuraduría Ambiental realizó la entrega de 40 Distintivos Buenas Prácticas Ambientales 2016.

 

El Distintivo Buenas Prácticas Ambientales es el resultado de un proceso de autoevaluación y mejora que se realiza de manera sistemática, documentada, periódica y objetiva, con el propósito de salvaguardar el medio ambiente, disminuir el consumo de recursos naturales y reducir impactos a los efectos del cambio climático.

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial realizó la entrega del Distintivo Buenas Prácticas Ambientales 2016 a 40 micro, pequeñas y medianas empresas, así como cámaras y asociaciones. La entrega de los distintivos fue a cargo del Arq. Juan Pablo Luna Mercado, Procurador Ambiental y de Ordenamiento Territorial, en presencia de Directivos y Trabajadores de las compañías galardonadas.

Por su espíritu de responsabilidad medioambiental, estas empresas son acreedoras al Distintivo y gracias a su participación voluntaria obtendrán grandes beneficios en la reducción de costos de producción, además de generar un valor de agregado a sus productos y servicios.

Durante la entrega de los Distintivos, el Procurador Ambiental resaltó el gran avance y aceptación del Programa Buenas Prácticas Ambientales, agradeció a las empresas su participación en la construcción de un Guanajuato sustentable y exhortó a continuar con el mismo compromiso medioambiental, así como buscar la suma de nuevas voluntades.

Esta entrega marca el rumbo que Gobierno, Sociedad y Sector Empresarial deben seguir para la proteger y conservar los ecosistemas, sin desatender la atracción de inversiones que impactan en la generación de empleos y mejora en la calidad de vida de los Guanajuatenses.

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial seguirá fomentando esta cultura de Corresponsabilidad, donde los Guanajuatenses seamos miembros activos en la construcción de un futuro alentador y oportunidades de un desarrollo integral para las futuras generaciones.

 

Empresas, Cámaras y Asociaciones acreedoras al Distintivo Buenas Prácticas Ambientales 2016.

EMPRESAS EMPRESAS
1. Instituto Cultural de León (Escuela de Música) 21. EG Automation, S.A. de C.V.
2. Flora María Margarita Rodríguez Rendón 22. Escuela General Anaya, A.C.
3. Juan José León López (Mas Pesca de León) 23. Infoware Servicios en Tecnología e Ingeniería, S.C. Sucursal San Judas
4. Especialistas en seguridad Privada Tampico S.A. de C.V. 24. Infoware Servicios en Tecnología e Ingeniería, S.C. Sucursal San Francisco
5. Blanca Delia García García (Clínica Veterinaria García) 25. TAMX Logistics, S.A. de C.V.
6. Salvador Olivares Paredes (Olivares Muebles) 26. Promotora de Repuestos Automotrices, S.A. de C.V. Sucursal Hermanos Aldama
7. Justo Hernández Silva (Centro de Verificación Vehicular SIL-01) 27. Promotora de Repuestos Automotrices, S.A. de C.V. Sucursal Hilario Medina
8. Yetzirah Isabel Fuentes Duarte (Los mandiles Restaurant) 28. María Arcelia Magdalena Ríos Junquera (Hospital Medica Poniente)
9. Ma. Ana Edith Zamora Rocha (Nevería y cafetería del Portal) 29. Alimentos Sanos del Centro, S.A. de C.V. (Pollo Feliz Libramiento Norte)
10. Sanitarios Ideales, S. de R.L. de C.V. 30. Alimentos Sanos del Centro, S.A. de C.V. (Pollo Feliz 5 de Mayo)
11. Rocío Saucedo Miranda (Farmacia Hospitalito) 31. Fabián Orlando de la Rocha Hernández (Pollo Feliz Obregón)
12. Carlos Zamora Espinoza (Tauromex) 32. Adriana Hernández García (Pollo Feliz Ducoing)
13. Elisa Jaqueline Peña Eyssautier (Purilim) 33. SYSMAP. S.A. de C.V.
14. Desarrollo Educativo Juan Pablo II 34. Sistema Avanzado Laser y GPS, S.A. de C.V.
15. Instituto Tecnológico de Superación Integral A.C. 35. Grupo Solena S.A. de C.V.
16. Nelly Pastelería 36. COMERDIS DEL NORTE, S.A. de C.V.
17. IXAYA BUSINESS, S.A. de C.V. 37. US Mexico Chamber of Commerce chapter Guanajuato, A.C.
18. KEME FOLDET, S de RL de C.V. 38. León Felipe Campa Sotelo
19. Innovación de desarrollos Plásticos S. de R.L. de C.V. 39. Alma Gloria Muñoz Guzmán (Comercializadora PROINS)
20. Infoware Servicios en Tecnología e Ingeniería de Información, S.C. ( Sucursal Irapuato)

 

40. Colegio de Arquitectos de León, A.C.

 

Hasta el momento se encuentran adheridas a los programas de Corresponsabilidad Empresarial 388 empresas, ubicadas en 25 municipios de estado.

 

La PAOT realiza la clausura de 3 hornos ladrilleros en el municipio de León.

                                                                                                    Salamanca, Gto. 20 de octubre de 2016.

 

  • En el municipio de León fueron clausurados 3 hornos ladrilleros, localizados en las zonas de Valladito II y Haciendas de Ibarrilla.

 

  • La Falta de Licencias Ambientales de Funcionamiento fue la causa del operativo.

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial llevó a cabo la clausura de 3 hornos de fabricación de tabique en las zonas de El Valladito II y Haciendas de Ibarrilla, ambas localizadas al noroeste del municipio de León, por incumplimiento a la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato.

Los operativos se llevaron a cabo con la participaron de abogados e inspectores de la Procuraduría Ambiental, acompañados por elementos de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Las diligencias se realizaron de manera simultanea en el caso de Haciendas de Ibarrilla, donde fueron clausurados 2 hornos y posteriormente se llevó a cabo una tercera clausura en la zona de Valladito II.

Las clausuras realizadas tiene como resultado una reducción en las emisiones contaminantes y por tanto una mejor calidad del aire. La Procuraduría Ambiental tiene como objetivo primordial salvaguardar el derecho de la población a un ambiente sano para su bienestar y desarrollo.

Cabe mencionar que durante el año 2013 la PAOT realizó la clausura de 11 hornos localizados en esa misma zona, además del operativo realizado en 2015, en cual fueron clausurados 17 y se corroboró la inhabilitación de 6 más, siendo en total 37 hornos los que han dejado de funcionar.

El Procurador Ambiental; Juan Pablo Luna Mercado, realizó un llamado al municipio de León para formalizar la firma del Convenio de Ordenamiento Ecológico Territorial, así como la firma de un Convenio de Autorregulación del Sector Ladrillero, en busca de su reubicación

Además de reiterar la importancia del cumplimiento a la Norma Técnica Ambiental NTE-IEE-001/2010, que establece las condiciones para la ubicación y operación de fuentes fijas con actividad artesanal para la producción de piezas elaboradas con arcillas siendo alguna de ellas las siguientes:

Ubicación: dentro de la zona de compatibilidad urbana con el uso habitacional, queda condicionada al uso exclusivo de gas L.P. o gas natural. Si el horno no utiliza gas L.P. o gas natural deberá ubicarse a una distancia mayor a 3 mil metros de cualquier centro de población.

Condiciones de Operación: las arcillas empleadas podrán ser material de desazolve de presas o bordos siempre y cuando se cuente con la autorización expedida por la autoridad competente.

El productor puede optar por el uso de combustible alternativo para su proceso productivo; siempre y cuando cuente con la autorización vigente de la autoridad competente; y su uso quede condicionado a la ubicación del horno.

 

Tipo de   combustible Dentro de zona urbana Dentro de zona crítica estatal Distancia mayor a 3000 metros a centro de población En parque artesanal
Gas L.P. Si Si Si Si
Gas Natural Si Si Si Si
Diesel No No Si Si
Combustóleo No No Si Si
Combustibles alternos autorizados No No Si Si

 

La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial, exhorta a la ciudadanía a continuar participando en el cuidado ambiental, esto a través de la denuncia de actos ilícitos que ponen en riesgo el equilibrio ambiental del estado.