El condenado debe, además, cubrir una multa monetaria y la reparación de daño a favor de familiares de la víctima; asimismo, durante la lectura de sentencia, el Tribunal de Oralidad indicó que le quedan negados los beneficios de ley de conmutación de la pena carcelaria.
La audiencia de Procedimiento Abreviado se llevó a cabo en una sala del Juzgado Único Penal de Oralidad Sede Irapuato, luego de que el inculpado aceptó las acusaciones y cargos que la Unidad Especializada en Investigación de Homicidios Región B hizo en su contra, por la muerte de Benito Elizarraras López.
El hoy culpable, quien permanece recluido en un centro penitenciario, optó por dar salida a su juicio mediante un procedimiento abreviado en el que acepta los cargos por homicidio y cubre el total de la reparación del daño, lo que le da beneficios en la reducción de pena carcelaria, estimado dentro del Sistema Procesal Penal Acusatorio.
El crimen aconteció la madrugada del 11 de agosto de 2013, cuando Benito, junto con otras personas, viajaba en un vehículo por calle Cafetales, de la ciudad de Irapuato, generándose un altercado con tripulantes de otra unidad, donde iba Jorge Alberto, deteniéndose para comenzar a discutir, generándose una riña entre los tripulantes de ambos vehículos.
Fue entonces que González Olmos tomó una piedra que azotó en la cabeza de Elizarraras López, provocándole un traumatismo craneoencefálico que lo mantuvo hospitalizado varios días, hasta que perdió la vida. En tanto, las indagatorias continuaron, estableciendo la plena identidad del responsable quien a la postre fue aprehendido por Agentes de Investigación Criminal y llevado ante un Juez para que respondiera por los hechos.