SSG cuenta con un registro de 256 establecimientos
Guanajuato, Guanajuato, 31 de marzo de 2025.- La Secretaría de Salud de Guanajuato a través de la Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios emite Tarjeta de Control Sanitario a establecimientos con servicio y práctica de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones corporales.
El Secretario de Salud del estado, el Dr., Gabriel Cortés explicó que, derivado del incremento en el interés social en la realización de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones como una práctica de procedimiento estético, es importante que los usuarios de los mismos, reciban la orientación adecuada sobre los servicios que solicitan y asegurarse que el prestador del servicio cuente con Tarjeta de Control Sanitario vigente.
La Tarjeta de Control Sanitario es expedida por la Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios.
Este documento permite a los prestadores de servicio, acreditar la preparación y conocimiento en las técnicas y procedimientos adecuados para dar cumplimiento a las condiciones sanitarias vigentes aplicables; para llevar a cabo el servicio y práctica de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones.
Para obtener la Tarjeta de Control durante la vigilancia sanitaria, verifica que el aplicador de tatuajes,micropigmentaciones y/o perforaciones cumpla con la normativa sanitaria vigente, destacando lo siguiente:
· Aviso de Funcionamiento
· Tarjeta de Control Sanitario
· Registros de usuarios que permita la identificación y contacto posterior en caso de ser necesario, cartas de consentimiento informado y cuestionarios a usuarios previo al procedimiento; así como, la autorización en caso de que los usuarios sean menores de edad.
· Los materiales utilizados deben ser desechables, estériles y de uso único; en caso de contar con utensilios, equipos o instrumentos reutilizables, deberán ser esterilizados y almacenados correctamente.
· Las tintas para tatuajes deben ser biocompatibles con el cuerpo humano y mantenerse en su envase original (contar con número de lote, fecha de caducidad vigente y con etiqueta en español); para perforaciones, se deben utilizar materiales estériles de implantación o biocompatibles quirúrgicos; asimismo, en las micropigmentaciones los pigmentos deberán ser inocuos e insolubles.
· Contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos y contenedores de plástico rígidos para RPBI (desechos punzocortantes).
Actualmente en el Estado de Guanajuato, se cuenta con un registro de 256 establecimientos. Para el año 2025, como parte de la vigilancia sanitaria, se proyectó una meta de 123 visitas de verificación y a la fecha se han realizado 19, destacando como principales irregularidades la falta de Tarjeta de Control Sanitario y falta del plan de manejo de RPBI.
Además, emitió una serie de recomendaciones para la población en general:
· Elegir un tatuador, micropigmentador y/o perforador que cuente con Tarjeta de Control Sanitario vigente y, solicitar el servicio en un establecimiento fijo que cuente con Aviso de Funcionamiento.
· Solicitar al prestador del servicio que explique ampliamente y de forma clara, el procedimiento, los
· Riesgos que conlleva, la irreversibilidad del mismo y los cuidados posteriores.
· Requisitar el cuestionario que servirá como historial clínico para reflejar la condición de salud, y firmar la carta de consentimiento.
· En caso de menores de dieciocho años de edad que soliciten el servicio, contar con la autorización por escrito de quien ejerza la patria potestad o tutoría.