Regula e integra SMAOT empresas generadoras y prestadoras de servicios para el manejo de residuos

  • Las industrias generadoras de residuos, al registrarse con la SMAOT cumplen con el marco normativo estatal ambiental, pueden trabajar con total tranquilidad, y aspirar a los incentivos de empresas limpias.
  • De manera anual, se atienden alrededor de 2 mil 500 trámites, que incluyen: trámites de registro como generador y prestador y refrendos.

Guanajuato, Gto., a 30 de septiembre del 2021.- En Guanajuato, las empresas generadoras de residuos de manejo especial y las personas prestadoras de servicios para el manejo especial de éstos, tienen que cumplir con la normativa ambiental por lo que deberán registrarse ante la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial (SMAOT) y contar con la autorización correspondiente.

La Secretaría, coordina los trámites de solicitud de inscripción y refrendos en el registro de Generadores y Autorización para el Manejo Integral de Residuos de Manejo Especial, y de inscripción al Padrón Estatal de Empresas de Servicios y Autorización de Manejo Integral de Residuos de Manejo Especial.

De manera anual, se atienden alrededor de 2 mil 500 trámites, que incluyen: trámites de registro como generador, prestador y refrendos.

Se consideran residuos de manejo especial aquellos residuos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos, cuya generación es mayor a 10 mil kg /año.

Aquellas personas físicas o jurídico-colectivas que generen residuos de manejo especial, deberán solicitar la autorización ante la SMAOT para una o más de las siguientes etapas:

separación, reutilización, acopio (menor a 30 días), recolección, almacenamiento (30 días y hasta 180 días), transportación, co-procesamiento, tratamiento, reciclaje y disposición final.

Las industrias generadoras, al registrarse con la SMAOT cumplen con el marco normativo estatal ambiental, pueden trabajar con total tranquilidad, y aspirar a los incentivos de empresas limpias.

Por su parte, las empresas que deseen manejar los residuos de manejo especial, estarán integradas a través del Padrón de Empresas de Servicios de Manejo Especial, lo que les permite dar a conocer sus servicios, además de vincularse al momento que las empresas generadoras realizan su trámite de autorización ante la Secretaría; por lo que se garantiza que ambos cumplen el marco jurídico ambiental.

El proceso de dictaminación se realiza en 30 días hábiles, durante los cuales se hace una revisión de la información técnica y legal presentada, posterior a la cual se emitirá la resolución correspondiente.

Las autorizaciones para el manejo integral de residuos de manejo especial tienen una vigencia de un año calendario independientemente de la fecha en que se expida, subsistiendo sus efectos y condicionantes durante el periodo en que se tramite su refrendo. El cual por reglamento deberá tramitarse durante el primer bimestre de cada año.

El trámite tanto para las empresas generadoras como prestadoras es totalmente gratuito, y los requisitos y formatos para el registro están publicados en la página de la Secretaría y podrán ser tramitados a través de la liga: https://smaot.guanajuato.gob.mx/sitio/tramites-y-servicios

El Gobierno del Estado a través de la SMAOT, atiende oportunamente la Política Ambiental que busca garantizar una mejor calidad de vida para las y los guanajuatenses a través de cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental que las empresas instaladas y por instalarse en la entidad deben atender.

Entradas recientes