Guanajuato, Gto. 24 de febrero de 2021.- Ante la alerta sanitaria que aún se mantiene por el COVID-19 y en apoyo a la economía de los guanajuatenses, el Gobierno del Estado de Guanajuato amplia plazos para el pago de refrendo en materia de alcoholes, así como el proceso de canje de licencias en materia de alcoholoes, además de algunos beneficios y condonaciones en materia de canje de placas.
Lo anterior se estableció luego del decretó que firmó el Gobernador del Estado, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, para otorgar la ampliación del plazo establecido en la Ley de Bebidas Alcohólicas respecto al proceso de canje de licencias de alcoholes, así como la ampliación en el pago del refrendo 2021 en materia de alcoholes establecido en la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato y del Programa de Canje de Placas 2020.
Estos lineamientos son coordinados por la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado, a través de su Servicio de Administración Tributaria SATEG, así como por la Secretaría de Desarrollo Económico Sustentable del Estado.
De tal manera se determinó que:
Se amplía el plazo para realizar el canje de licencias de funcionamiento EN MATERIA DE ALCOHOLES vigentes, otorgadas al amparo de lo abrogada Ley de Alcoholes del Estado de Guanajuato, hasta el 30 de septiembre del presente año.
Se condona el 100 por ciento de los créditos fiscales derivados de derechos por refrendo anual de licencias de funcionamiento en materia de alcoholes de conformidad con las obligaciones consignadas en la mencionada Ley; causados antes del 1 de enero del 2017.
La condonación comprenderá los derechos, actualización, recargos, multas y gastos de ejecución.
Para gozar de la condonación a que se refiere, los titulares de las licencias deberán realizar en una sola exhibición el pago de los derechos de refrendo, correspondientes a los ejercicios fiscales de 2017 a 2020 y de sus respectivos accesorios, previo al proceso de canje de licencias de funcionamiento.
La condonación a que se hace referencia, procederá a partir del 1 de enero del 2021, y será aplicable tanto para aquellos créditos fiscales determinados por la autoridad fiscal, así como por los auto determinados por los contribuyentes.
Los beneficios a que se refiere este artículo, darán a lugar a devolución siempre y cuando se cumpla el trámite a más tardar el 31 de marzo de 2021.
Por último, se amplía el plazo para el pago del refrendo de las licencias de funcionamiento en materia de alcoholes, hasta el 30 de septiembre del 2021.
En cuanto a la condonación de multa por el trámite de canje de placas, se dispone que:
Se condona el 75 por ciento del monto resultante de la multa por concepto de trámite extemporáneo de canje de placas metálicas y tarjeta de circulación, para los vehículos de motor tipo motocicletas, bicimotos y vehículos similares.
Se condona a partir del mes de enero del 2021, el 100 por ciento de los derechos por el registro de modificación al padrón vehicular, establecido en el artículo 12 fracción III de la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2021, cuando la modificación resulte de presentar el aviso del cambio de domicilio de los propietarios o legítimos poseedores de vehículos de motor.
Se condona el 100 por ciento de la multa establecida respecto a aquellos trámites de canje de placas metálicas y tarjeta de circulación que se hayan iniciado y cuenten con estatus de aprobada durante el mes de enero 2021 y se culminen durante el mes de febrero del presente año.
Los beneficios a que se refiere en lo anterior, darán lugar a devolución siempre y cuando se dé cumplimiento durante el presente mes de febrero y que de la petición realizada a la autoridad competente del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato, se cuente con una resolución en sentido positivo.