Anuncia SEP acciones en apoyo de la población estudiantil migrante que retorne de Estados Unidos

Se reducen, simplifican y eliminan sustancialmente los requisitos para insertarse en el sistema educativo nacional y revalidar estudios superiores

 El Ejecutivo Federal enviará una iniciativa de reformas a la Ley General de Educación

 SEP establece oficina de apoyo para estudiantes migrantes

De conformidad con las instrucciones formuladas por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, la Secretaría de Educación Pública (SEP) anuncia hoy una serie de medidas y decisiones para asegurar el ingreso o reingreso de los estudiantes mexicanos al sistema educativo nacional; eliminar trámites innecesarios y costosos, y simplificar procesos como la revalidación de estudios en las universidades del país.

Estas acciones serían aplicables en beneficio de todas aquellas personas que sean deportadas o migren voluntariamente de Estados Unidos a territorio nacional, y que el Estado mexicano está obligado constitucionalmente a proveerles educación obligatoria o garantizarles oportunidades de acceso a la educación superior.

Adicionalmente, en los próximos días el Ejecutivo Federal enviará al Senado de la República una iniciativa de reformas a la Ley General de Educación, con el objeto de que dichas acciones y medidas formen parte de la normatividad educativa de manera permanente.

Con estas acciones, dicha población estudiantil se verá beneficiada en las mismas condiciones respecto de quienes ya forman parte del sistema educativo nacional (SEN).

El secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño, indicó que la prioridad es otorgar facilidades para al ingreso de los beneficiarios, sin importar su condición migratoria o los documentos con los que cuenten, con el apoyo coordinado de las autoridades educativas locales, así como de las instituciones públicas y privadas que conforman el SEN, por medio de las siguientes acciones:

1. Reducción de requisitos:

a) Se simplifican los requisitos en todos los tipos educativos, incluyendo el superior, para facilitar la revalidación de los estudios cursados en el extranjero, de tal forma que no será necesaria la apostilla de los documentos de identidad y académicos, la traducción por perito reconocido, la entrega de planes y programas de estudio cursados o la presentación de los antecedentes académicos, e incluso se permite la validación electrónica de todos estos documentos. Para este fin, en los próximos días se emitirán diversas modificaciones al Acuerdo Secretarial 286 que serán obligatorias para la educación básica y media superior. Por su parte, se formularán recomendación en el mismo sentido a las universidades autónomas pues a éstas no les aplica lo dispuesto por la Ley General de Educación, ni el citado Acuerdo 286.

b) En educación básica y media superior se permite el ingreso sin exhibir documentos sino sólo con la presentación de un escrito bajo protesta de decir verdad. Esta acción se aplicará mediante la circular que al efecto expedirá de inmediato la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la SEP.

c) La equiparación de estudios mandatada en la ley se simplifica a través de tablas de correspondencia elaboradas por la Secretaría. En el caso de educación superior, para facilitar el ingreso se aprovechará la experiencia y conocimientos de los cuerpos académicos de las instituciones, a efecto de que éstas elaboren una propuesta de revalidación mediante la cual informen a la autoridad que se cumple con los porcentajes mínimos de equiparación. Para estos efectos, el Acuerdo 286 reducirá el porcentaje de equiparación de estudios.

2. Se simplifica el trámite de revalidación con apoyo de las instituciones de educación

 a) Una vez que los beneficiarios estén incorporados a los servicios educativos, la institución de educación pública o privada de todos los tipos educativos donde se pretenda continuar los estudios, deberá elaborar una opinión técnica y tramitar la revalidación ante la autoridad educativa correspondiente, quien considerará únicamente ese dictamen para otorgar la revalidación correspondiente. Para lo anterior la institución podrá hacer, si lo desea, una validación simple de los documentos académicos directamente con la institución extranjera que los expidió. Esta acción será igualmente modificada en el Acuerdo Secretarial 286.

b) El Certificado de GED (General Education Development) corresponderá a una revalidación total respecto del bachillerato general que se imparte en el SEN.

3. Se identifica a las escuelas/instituciones con mejores condiciones para recibir a los beneficiarios

a) Las subsecretarías de Educación Básica y Media Superior de la SEP, en colaboración con las autoridades educativas locales, elaborarán y difundirán una lista de escuelas/planteles en todo el país con mejores condiciones, por su infraestructura organizacional, para recibir e integrar de una forma eficiente a los beneficiarios.

b) En colaboración con la ANUIES y la FIMPES se establecerán mecanismos para que cada institución de educación superior tenga instrumentos de nivelación y tutoría para ayudar a los jóvenes a una integración eficiente, reduciendo al máximo el abandono.

4. Se promueve el ingreso al sector productivo y la certificación de sus competencias laborales

a) Los beneficiarios podrán gestionar ante las autoridades educativas correspondientes, revalidaciones totales de los estudios de educación superior que hayan concluido en el extranjero para facilitar su ingreso al sector productivo o para continuar sus estudios dentro del SEN.

b) Con el fin de colaborar con la rápida reinserción laboral de los migrantes de retorno, la SEP, a través del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER) impulsará una política de certificación de competencias laborales dirigido a este segmento de la población, que le permitirá al migrante mejorar sus condiciones de vida y de trabajo evitando que se inserten en sectores laborales alejados de sus destrezas y habilidades.

c) En este sentido, la RED CONOCER, integrada por 285 distintos prestadores de servicios distribuidos en toda la República Mexicana, llevará a cabo la evaluación de sus habilidades, destrezas y capacidades adquiridas en EEUU que sean susceptibles de certificación laboral.

5. Se facilita la obtención de los certificados de educación básica para adultos.

a) Mediante el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos, y en estrecha coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la SEP fortalecerá la prestación de servicios educativos (alfabetización, primaria y secundaria) en Estados Unidos a nuestros connacionales a través de 301 Plazas Comunitarias ubicadas en 38 de los 50 estados de la Unión Americana.

b) Se desplegará el programa piloto Educación sin Fronteras con el objeto de atender a paisanos por medio de un programa especial para certificar su primaria y secundaria en los principales estados mexicanos de origen de los adultos migrantes.

c) En los estados de la frontera norte se fortalece la participación del INEA dentro del programa Somos Mexicanos para atender a repatriados que requieren certificación de primaria y secundaria, por medio de los programas de dicha institución.

6. Implementación coordinada con autoridades educativas locales

a) Se promoverá en el marco de la Conferencia Nacional de Gobernadores y/o la Conferencia Nacional de Autoridades Educativas la celebración de convenios, a fin de que se apliquen las mismas acciones en toda la República.

7. Se establece oficina de apoyo a los beneficiarios

a) Con el objeto de garantizar el cumplimiento de las acciones antes señaladas y de apoyar a los beneficiarios, sin crear nuevas estructuras burocráticas, se designó como enlace transversal dentro de la Secretaría, al director general de Relaciones Internacionales.

b) Esta oficina de apoyo difundirá la información sobre la oferta y principales servicios educativos a través de la página de internet www.mexterior.sep.gob.mx y la línea telefónica de Mexterior (0180066-572-98-36).

 

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