Guanajuato cuenta con el mayor número de Clínicas de Terapia Intravenosa a nivel nacional.

Guanajuato, Guanajuato. 21 de agosto de 2016.- La Secretaría de Salud de Guanajuato (SSG) cuenta con el mayor número de Clínicas de Terapia Intravenosa a nivel nacional instaladas en sus unidades hospitalarias.

Un total de 22 Clínicas de Terapia Intravenosa se encuentran en hospitales de la Secretaría de Salud de Guanajuato y 1 en una unidad privada, informó el secretario de salud Ignacio Ortiz Aldana.

Explicó que en la Ley General de Salud se establece que el personal de enfermería debe tener conocimientos mínimos para brindar una atención de calidad y propiciar una disminución de riesgos en los pacientes.

La terapia intravenosa aborda la colocación de catéteres periférico corto y venoso central que se conoce como de inserción, yugular, subclavio, femoral, umbilical y de inserción periférica.

Todos los pacientes pueden llegar a ocupar alguna de estas terapias intravenosas, independientemente del diagnóstico que presenten a su ingreso y durante su estancia hospitalaria.

A través de esta terapia se colocan medicamentos, nutrición, transfusiones de componentes sanguíneos y soluciones.

Al respecto la Coordinadora de Terapia Intravenosa del Hospital General León, Ma. De la Luz Castorena Martínez, informó que es una de las unidades en las que se trabaja arduamente para brindar una atención de calidad y garantizar una disminución de riesgos a los pacientes, al llevar a cabo procedimientos como la colocación, seguimiento y retiro de catéteres periférico corto y venoso central.

Lo anterior lo declaró en el Segundo Curso de Actualización para Enfermería en Terapia Intravenosa, al desarrollar el tema Bases Legislativas en Terapia de Infusión.

Dijo que en el personal de enfermería y médico se enfatiza la realización de diversas acciones, siendo una de ellas la que abarca 6 recomendaciones que son higiene de manos, calidad del agua, uso de clorhexidina en los puntos de inserción, retiro de catéteres innecesarios y aplicación de los insumos adecuados, para evitar infecciones y efectos adversos, además de la ejecución de las técnicas adecuadas al momento de colocar un catéter.

La L.E. Ma. De la Luz Castorena mencionó que estos procedimientos tienen un marco legal muy importante, que excluyó las costumbres, y obliga al apego de los procesos al implicar una responsabilidad jurídica para el personal del sector salud.

Dijo que la enfermera Juana Jiménez Sánchez fue quien implementó las Clínicas de Catéteres, cuyos mayores resultados ha generado el estado de Guanajuato al contar con el mayor número de ellas a nivel nacional.

También deben atenderse las Guías del Centro de Control y Prevención de Enfermedades, la Ley de Profesiones, la Ley General de Salud, los estándares determinados por la Sociedad de Enfermeras en Terapia Intravenosa y los Manuales de Catéteres Periférico Corto y Venoso Central.

Estableció que inclusive se habla de la resección de contrato por incumplimiento de los marcos legales y que el Código Penal en su Artículo 328 refiere que el personal de salud debe tener conocimientos suficientes para evitar los actos de negligencia (no se hizo lo que se debía hacer), impericia (no cuenta con la capacidad y aun así realizó el procedimiento) y dolo (implica una lesión y se realizó el acto aún con conocimiento de no tenerlo que hacer).

 

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